23 Oct BTI Nº 237

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN CENTROS    COMERCIALES Y SALAS DE OCIO

 

Según la legislación vigente los, lugares de pública concurrencia como centros comerciales, y/o salas de ocio, deben disponer de sistemas contra incendios mediante rociadores automáticos, sistemas de extracción de humos, instalaciones de detección, y extinción de incendios, así como salidas de evacuación y emergencia, debidamente señalizadas y libres de todo obstáculo. Es de vital importancia ser escrupuloso con el cumplimiento de la normativa en las revisiones y mantenimiento.

Es de importancia, que todo el personal esté debidamente formado ante una situación de   emergencia.

¿Se podría haber evitado o minimizado los efectos en el trágico incendio, de las salas de ocio de las Atalayas?, posiblemente no

Se debería disponer de un criterio global claro y conciso, en los criterios en protección contra incendios activa y pasiva, que incluya reacción al fuego de los materiales tales como mobiliario, decoración etc…, resistencia al fuego de las estructuras construidas, cerramientos…

Se debe garantizar el tiempo necesario para una evacuación tranquila que no produzca daños personales y facilitar la actuación de los equipos de emergencia.

 

QUIMICA 21, S.L. 

A LA VANGUARDIA DEL SECTOR CONTRA INCENDIOS